Denuncia ALAC-FUNDE contra Ministro Romeo Rodríguez sería improcedente, según ley LACAP


El artículo 54 de la ley LACAP respalda la decisión tomada por el Ministro Rodríguez de clasificar de reserva los procesos de licitación.

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Este viernes, la organización ALAC-FUNDE presentó una denuncia en el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) en contra del Ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez Herrera, por clasificar como reservada información sobre diferentes procesos de licitación.

“‘Dicha conducta obedece a que el servidor público denunciado, en acto administrativo de reserva, decidió lo siguiente: declarar reservada la ‘Expediente de Licitación Pública de bienes, servicios u obras; expedientes de Licitación Pública Internacional; Expediente de Licitación Abierta DR CAFTA, Expedientes de Concurso Público Nacional e Internacional, Expedientes de Contratación Directa, Expedientes de Selección Directa, Expedientes de Consultorías Individuales, Expedientes de Solicitud de propuestas, Expedientes de Libre Gestión y Expedientes de Comparaciones de precios, Expedientes de Solicitud de una sola fuente.’, según lo establecido en el Art. 19 literales ‘e’, y ‘h’ de la LAIP’”, reza la denuncia.

La denuncia presentada contra el Funcionario sería improcedente según el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), la cual detalla que no se podrá dar información después de la oferta de contratación y contratación.

“Art. 54.- No se dará después de la apertura de las ofertas y antes del anuncio de la adjudicación del contrato, información alguna con respecto al examen, tabulación, aclaración y evaluación de las ofertas y las recomendaciones relativas a las adjudicaciones de las mismas, a ninguna persona o personas que no estén vinculadas en el proceso de análisis y evaluación de ofertas. Esto se aplica tanto a funcionarios o empleados de la Institución contratante, como a personal relacionado con las empresas ofertantes. La infracción a la anterior prohibición dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes”.





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