Delitos de feminicidio ya no prescribirán en El Salvador


Los cambios en la ley reforman los artículos 32 y 34 del Código Procesal Penal de El Salvador.

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Durante la plenaria número 69, la Asamblea Legislativa reformó el Código Procesal Penal y la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), a fin de que el acto de feminicidio no prescriba y el hechor pueda ser juzgado sin importar los años transcurridos después del cometimiento del delito.

"No queremos que ningún caso quede en la impunidad, hay muchas familias que vivieron su luto sin justicia. Las mujeres se deben sentir respaldadas por el trabajo de esta Asamblea", aseveró la diputada por la Bancada Cyan, Norma lobo.

Los cambios en la ley reforman los artículos 32 y 34 del Código Procesal Penal de El Salvador, e incorporan el artículo 58-A a la Ley Integral para una Vida Libre de Violencia (LEIV), con el objetivo de que los delitos de feminicidio y feminicidio agravado siempre puedan ser juzgados.

 
"Nadie tiene derecho a arrebatarle la vida a una mujer. Con el Gobierno del Presidente Nayib Bukele, estamos articulando esfuerzos para salvaguardar a toda la población", afirmó la legisladora Lorena Fuentes.


Fuentes.