Multan a Banco Cuscatlán con $485,810 por cobros indebidos


Se da luego de una denuncia colectiva contra Banco Cuscatlán por cobro ilegal de recargos realizados de diciembre 2005 a octubre de 2006.

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El Banco Cuscatlán de El Salvador S.A. debe pagar una multa de $485,810.40 y hacer efectiva una devolución a ciudadanos por la suma de $ 407,937.95 cobrados indebidamente en perjuicio de las personas consumidoras ahorrantes de la entidad sancionada, informó la Defensoría del Consumidor.

Este caso se originó el 19 de diciembre de 2006, cuando el Tribunal Sancionador de la Defensoría conoció la denuncia colectiva contra el Banco Cuscatlán, por el cobro ilegal de estos recargos realizados en el período de diciembre 2005 a octubre de 2006. La empresa, inconforme por la sanción impuesta la impugnó ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que la admite y resuelve a su favor el 4 de septiembre de 2013, en perjuicio del derecho de propiedad de las personas consumidoras.

En defensa del colectivo de consumidores afectados, la presidenta de la Defensoría del Consumidor, Yanci Urbina, presentó amparo en Sala de lo Constitucional, el 21 de agosto de 2015, el cual finalmente fue resuelto el pasado mes de junio de 2017 contra la Sala de lo Contencioso Administrativo, dejando sin efecto la sentencia de ésta y ordenándole una nueva sentencia final apegada a los parámetros de constitucionalidad.

La Sala de lo Contencioso Administrativo confirmó el pasado 17 de julio la legalidad de la resolución del Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor, emitida en octubre de 2007.

El Tribunal Sancionador comprobó que el Banco Cuscatlán cobró ilegalmente recargos por inactividad de cuentas de ahorro efectuados desde el mes de diciembre de 2005 hasta octubre de 2006 a las cuentas que presentaban saldos de $ 25.00 o más (monto mínimo de apertura de cuentas), con lo cual violentó el artículo 19, literal “a” de la Ley de Protección al Consumidor (LPC), infracción muy grave al artículo 44, literal “d” cobrar intereses, comisiones o recargos en contravención a las disposiciones de la LPC.

La presidenta de la Defensoría del Consumidor, Yanci Urbina, ejerciendo sus facultades legales, requirió el pasado miércoles al Banco Cuscatlán que en el plazo de tres días hábiles presente un plan de cumplimiento de la resolución del Tribunal Sancionador, que contenga y desarrolle detalladamente las acciones que implementará para hacer efectivas las devoluciones.

Urbina también ha advertido al Banco Cuscatlán que de no hacer efectivo el pago inmediato de los $ 485,810.40 en concepto de multa, se procederá al cobro forzoso de la misma, conforme a los procedimientos comunes, según al artículo 149 de la LPC.

Con información de Transparencia Activa.